La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció la igualdad entre las licencias de maternidad y paternidad, sentando un precedente que podría replicarse en todo el país. Con una votación de nueve a favor y un voto en contra, el Pleno de la Corte otorgó al Congreso de Baja California Sur un plazo de un año para ampliar la licencia de paternidad, equiparándola a la de maternidad.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa emitió el único voto disidente, argumentando la falta de estudios de impacto presupuestal y la necesidad de análisis actuariales para evaluar las consecuencias económicas de esta decisión en instituciones de seguridad social y dependencias gubernamentales. Esquivel Mossa cuestionó la capacidad de estas entidades para cubrir los sueldos íntegros durante dos meses de licencia para ambos progenitores, así como para cubrir las vacantes resultantes.

La decisión surge de una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra una reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de Estado y Municipios de Baja California Sur. El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, ponente del proyecto, enfatizó la necesidad de ajustes graduales para alcanzar la igualdad en las licencias. El ministro Javier Laynez calificó la norma original como discriminatoria, señalando que la disparidad en las licencias genera un efecto inintencionado, desfavoreciendo a las mujeres en el mercado laboral debido a estereotipos de género.

Además de la equiparación de licencias, la Corte ratificó un artículo que garantiza a las madres lactantes el derecho a elegir entre dos descansos de media hora o un descanso de una hora diaria para amamantar o extraer leche materna en un lugar adecuado e higiénico proporcionado por su empleador. Este fallo representa un avance significativo en la promoción de la igualdad de género y la conciliación de la vida familiar y laboral en México.