El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el artículo 54 del Código Civil para la Ciudad de México es constitucional, al analizar su aplicación en casos de reproducción asistida y gestación por sustitución. La discusión se centró en la validez del acta de nacimiento y la presunción de maternidad derivada del certificado oficial.

El caso tuvo origen en un contrato de gestación por sustitución celebrado entre una mujer y dos hombres, en el cual la gestante manifestó no tener voluntad procreacional ni aportar material genético, limitando su participación al proceso de embarazo. Posteriormente, promovió un juicio de amparo al considerar inconstitucional que el certificado de nacimiento acreditara la maternidad.

Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que en decisiones que involucren a niñas, niños y adolescentes, su interés superior debe ser una consideración primordial. Aunque respaldó el sentido del proyecto, se apartó de algunos párrafos y sostuvo que el acta de nacimiento expedida a favor de los padres de intención debe conservar plena validez, al tratarse de un caso de maternidad subrogada.

Esquivel recordó que el Reglamento del Registro Civil de la Ciudad de México prevé excepciones a la regla general de presunción de maternidad, aplicables en casos de gestación por sustitución, lo que garantiza certeza jurídica para los menores y sus familias.

FUENTE ; ContraReplica