La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que niñas, niños y adolescentes (NNA) migrantes que solicitan el reconocimiento de la condición de persona refugiada tienen derecho a procedimientos especializados durante las entrevistas de elegibilidad.
La Corte emitió esta tesis para su aplicación obligatoria en todos los órganos jurisdiccionales del país, del derecho a procedimientos especializados durante las entrevistas de elegibilidad.
Reconoció que las entrevistas que se practiquen a infancias y adolescencias deben realizarse por personal capacitado que considere una forma adecuada para comunicarse.
Situación de vulnerabilidad
La Primera Sala Indicó que las entrevistas deben ser conforme a su especial situación de vulnerabilidad, de manera que puedan hacerse entender y comprender plenamente con las preguntas que se les formulen.
También señaló que las entrevistas a niñas, niños y adolescentes se deben desarrollar en un entorno de confianza, confidencialidad y seguridad.
Para ello se deben proporcionar las condiciones necesarias para que las niñas, niños y adolescentes puedan expresarse libremente, sin coacción ni temor a represalias.
Con presencia de tutor
Además, se estableció que las NNA tienen derecho a que en todas las entrevistas esté presente su tutor, tutora o representante legal, sin que las opiniones de estos sustituyan a las suyas.
«En caso de ser necesario, debe garantizarse la presencia de intérpretes, de manera gratuita», detalló la Primera Sala.
La Primera Sala reconoció que la legislación no detalla medidas específicas para garantizar esos derechos.
Sin embargo, mencionó que los estándares nacionales e internacionales establecen condiciones mínimas para las solicitudes de refugio de NNA.
Agregó que esos estándares buscan que las entrevistas sean adecuadamente conducidas, examinadas y evaluadas.
Entrevistas de elegibilidad
La SCJN señaló que en este caso se debe seguir condiciones mínimas que son especialmente relevante en las entrevistas de elegibilidad.
«En esas entrevistas se debe recabar los elementos clave para identificar el riesgo de daño y las características de la persecución sufrida por niñas, niños y adolescentes», precisó la Corte.
Además, agregó la necesidad de establecer si se cumplen los requisitos para ser reconocidos con el estatuto de refugiados.