El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), corrigió al Instituto Nacional Electoral (INE) luego de revocar su decisión de declarar vacantes 45 cargos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito.
Este miércoles, en una sesión pública con votación de 3 a 2, esta instancia indicó que con su fallo se asegura que la nueva conformación del Poder Judicial podrá iniciar su trabajo el próximo 1 de septiembre.
La Sala Superior del TEPJF concluyó que el INE excedió sus facultades e invadió atribuciones exclusivas y discrecionales de los Comités de Evaluación. Mónica Soto, titular del Tribunal, señaló que el árbitro comicial atentó contra la certeza al crear una metodología novedosa sin sustento constitucional después de las elecciones para invalidar a los 45 candidatos que habían ganado con el voto popular y que cumplían con los requisitos académicos de tener un promedio de 8 y 9 en sus estudios.
CONFLICTO POR REQUISITOS ACADÉMICOS
Semanas atrás el INE había declarado inelegibles a 45 candidaturas bajo el argumento de que no cumplían con el promedio de ocho en licenciatura y de nueve en especialidad. Sin embargo, el TEPJF determinó que el INE no puede dejar vacantes los cargos sometidos a elección popular, dado que su deber es basarse en los resultados obtenidos en las urnas.
Por ello el debate de hoy en el Tribunal se centró en una contradicción de la reforma judicial: mientras la Constitución establece el promedio de ocho en licenciatura y nueve en especialidad como requisitos de elegibilidad, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales contempla el nueve en especialidad como un requisito de idoneidad, cuya determinación recae en la facultad discrecional de cada Comité de Evaluación.
Los magistrados Felipe Fuentes y Mónica Soto, cuyos proyectos lograron la mayoría, concluyeron que el INE sólo podía revisar el promedio de ocho en licenciatura por ser un dato objetivo, pero no el de nueve en especialidad, que es un juicio técnico correspondiente a los Comités.
Fuentes criticó que el INE estableció una «nueva metodología» que incluyó filtros no contemplados en la Constitución ni en la convocatoria, obstruyendo la facultad de los comités y alterando la certeza jurídica post-electoral.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña atribuyó esta problemática a la «mala redacción» de la reforma judicial y a la inseguridad jurídica que generan metodologías distintas.
DIARIO DE MÉXICO