Tras darse a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) embargó a la aerolínea Interjet y designó a una interventora con cargo a la caja, como parte de un procedimiento de ejecución para forzar el cobro de deudas fiscales acumuladas entre 2013 y 2017, la aerolínea informó que solicitó un amparo el día 10 de julio del año en curso, para que se declare la inconstitucionalidad del cobro y pidió la suspensión de la medida, por lo que hoy, el Poder Judicial le otorgó la suspensión definitiva.
A través de un comunicado indicó que Interjet está aclarando diferencias de impuestos que considera erróneas y por eso las está impugnando, por lo que «cuando el SAT determina un adeudo fiscal, su resolución se presume válida y legal hasta que no sea declarada nula o inconstitucional por un tribunal administrativo o por el Poder Judicial, tal como sucedió el día de hoy con Interjet. Esta situación de ninguna manera afecta a los pasajeros, ni las operaciones regulares de Interjet», finalizó.
Destacar que la intervención fue decretada el pasado 27 de junio por la Administradora Desconcentrada de Recaudación del DF, y la función de la interventora designada es retener el 10 por ciento de todos los ingresos en efectivo que obtiene Interjet para destinarlos al pago de impuestos pendientes, previo pago de salarios y gastos operativos.
El 19 de julio pasado, un juez federal concedió a Interjet una suspensión provisional contra la designación de la interventora, siempre y cuando constituya en favor del SAT una garantía equivalente al 10 por ciento de sus ingresos mensuales, lo que la empresa consideró «incosteable».
Además, el juez rechazó suspender la inscripción del embargo de un inmueble de la aerolínea en el Registro Público de la Propiedad, así como la anotación del embargo en los registros marcarios que tiene ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
La empresa impugnó el fallo del juez, tanto al negar la suspensión de las inscripciones de embargo como al exigir 10 por ciento de ingresos mensuales, pero el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa confirmó la decisión el 7 de agosto.
«El porcentaje que pretende sustraer la autoridad fiscal y el fijado por el Juzgado de Distrito es incosteable para (Interjet) y pone en riesgo su estabilidad comercial y económica, ya que el giro que practica, es una actividad cuyas ganancias no son uniformes a lo largo del año, sino que en para hacer frente a los gastos económicos en temporadas bajas, deben aprovechar lo obtenido en temporadas altas», alegó la aerolínea ante el tribunal colegiado.
Advirtió que un cese de operaciones de Interjet afectaría a los 50 mil pasajeros que, en promedio diario, transporta en sus 84 aeronaves.
«La anotación de un embargo en el folio mercantil de una sociedad anónima puede producir efectos devastadores en su clientela y provocar una condición de alarma entre sus acreedores, que al enterarse de que la negociación está embargada, tendrán una reacción distinta a la que se espera normal frente a una negociación que pasa por etapas operativas complicadas», afirmó Interjet.
«Si (los acreedores) entran en pánico y todos demandan al mismo tiempo el pago de sus deudas, lo más seguro es que el negocio de que se trate quiebre o que en su caso, dicha situación sea aprovechada por competidores», agregó.
En la sentencia consultada hoy por REFORMA fue censurado el monto de la deuda de Interjet, pero se trata de créditos por los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2017, que solo fueron pagados parcialmente.
El procedimiento administrativo de ejecución contra Interjet tiene el número SAT-85.4-2019.
A finales de julio, la empresa canceló 133 vuelos y demoró 22 más afectando a 21 mil 245 pasajeros, con el argumento de falta de tripulaciones suficientes para operar.
FUENTE ; NOTIMEX , CANDELERO 12-08-19