Por conducto del Inai, el Instituto Nacional de Migración (INM) deberá exponer los requisitos que pide a los migrantes para integrarlos al Programa Emergente de Emisión de Tarjetas de Visitante por Razones Humanitarias.
La resolución del Instituto de Transparencia ocurrió luego de que un particular interpusiera un recurso de revisión por la respuesta que recibió del INM.
El problema fue que la dependencia entregó una copia del articulado de la Ley de Migración donde se explican los requerimientos para obtener la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias, cuando lo que se solicitó fueron los requisitos para acogerse al Programa de Emisión de Tarjetas de Visitantes por Razones Humanitarias.
El comisionado presidente del Inai, Javier Acuña Llamas, consideró que el Instituto de Migración interpretó de manera errónea la solicitud y omitió pronunciarse sobre el programa referido, lo que contraria a los principios de exhaustividad y congruencia.
“De ninguna manera, el sujeto obligado hizo lo que tenía que hacer, que es haber respondido, desde el primer momento, con lo que solicitó el particular, es decir, estrictamente lo que se requirió para que algunos extranjeros hubieran podido acogerse a un programa emergente, que, por tener ese estatus, se aleja de lo ordinario y pudo haber tenido requisitos distintos, diferentes o más amplios, que los que exige un programa ordinario”, dijo.
El Pleno del INAI revocó la respuesta del Instituto Nacional de Migración y le instruyó a realizar una nueva búsqueda de la información en todas sus unidades administrativas competentes, sin omitir a la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio, y entregue los requisitos requeridos para acogerse al Programa Emergente de Emisión de Tarjetas de Visitante por Razones Humanitarias.
FUENTE , NOTIMEX , CANDELERO 11-07-19