¿De que calibre es la
solidaridad del Notario
con la sociedad?……
¿En realidad su raigambre es elitista?
Veamos el caso de la CDMX:
1.- La patente notarial no es heredable.
2.- La patente notarial solo puede ser concedida por la autoridad.
3.- Se le concede únicamente a aquel interesado en obtenerla, tras vencer en dos exámenes de oposición, altamente especializados, en los que cualquier licenciado en derecho puede participar, ajustándose a los criterios prescritos en la ley; y jamás a condiciones impuestas arbitrariamente por los notarios.
4.- Los exámenes son celebrados las veces y en las fechas que decide únicamente la autoridad.
5.- Son realizados ante un jurado integrado por la autoridad y los notarios; presidido por la primera.
6.- Se efectúan de manera abierta a los ojos del público en general, sin costo ni límite alguno.
7.- Fuera de ser licenciado en derecho, mexicano, con buena reputación personal y honorabilidad profesional, mayor de veinticinco años y menor de sesenta, PRÁCTICA NOTARIAL, en pleno goce de facultades y un par de requisitos estipulados en la ley (no por los notarios), no hay restricción adicional alguna elitista para concursar; sin importar la universidad de donde provenga, la condición económica, sexo, etnia, religión, etc.
8.- Durante el ejercicio notarial, existe una dirección gubernamental para darles directrices, inspeccionarlos, recibir quejas contra ellos, y en su caso sancionarlos, pudiendo incluso separarlos de su encargo.
9.- COBRAN CONFORME A UN ARANCEL ideado por la autoridad. Los notarios no cobran a su arbitrio. Si parecen caros es por otros gastos distintos a sus honorarios.
10.- Cuando así lo determina la autoridad, sirven a la colectividad apegados a PROGRAMAS SOCIALES implementados por la primera, con jugosos descuentos a favor de la población, cobrando en los términos que les sean ordenados.
NOTA BENE: incluso, a veces creo que de manera excesiva se aprovechan los servicios notariales. Algún colega ha calculado atinadamente que el costo de cada folio integrante de un instrumento en general (más allá del costo del papel, sino prorrateando los innumerables gastos que se efectúan por la renta del inmueble, salarios, impuestos, Imss, Infonavit, gestorías, predial, luz, agua, teléfonos, fotocopiadoras, rin, avisos, encuadernaciones, etc.) fluctúa entre $800 y $1000 pesos. Por contra hay testamentos que se cobran en menos de $500 pesos (siendo que pueden conllevar tres o más folios. El notario termina poniendo de su bolsa). Amén de una gran responsabilidad, que en caso de derivar en juicios, acarrean miles de pesos en su defensa.
11.- Participan en las elecciones locales y federales, prácticamente de manera gratuita.
12.- La actuación notarial esta supervisada en todo momento. Vg. Si un notario se excede en el cobro, el quejoso puede acudir ante la autoridad.
13.- Si el notario se equivoca y causa un perjuicio a sus clientes, al fisco, a la autoridad, o a quien sea, pagara la responsabilidad de su bolsillo para resarcir el daño. No tiene escapatoria.
14.- Los notarios están agrupados en un colegio, ofreciendo diariamente asesoría gratuita matutina y vespertina, a todo aquel que acude.
15.- Independientemente de lo anterior, los notarios (a diferencia de médicos, dentistas, abogados, etc.) NO COBRAN en sus respectivos despachos, por las asesorías que ofrecen a todo aquel que requiere de servicios notariales, y se le brinda orientación.
16.- A un lado del servicio al público, los notarios realizan innumerables funciones en beneficio del estado, básicamente captación de ingresos que el gobierno exige y cobra a través de los notarios -SIN REMUNERACIÓN alguna por eso, no obstante actuar como sus empleados- y si con grandes responsabilidades si fallan; dando la falsa impresión que esos ingresos van a parar al bolsillo del notario cuando no hay nada más alejado a ello. (SOLO SE QUEDAN CON LO CORRESPONDIENTE A SUS HONORARIOS POR ARANCEL)
17.- Respecto al elevado costo de las operaciones notariales, estas comportan sustancialmente los cobros antedichos, que el ciudadano debe hacer en favor del estado a través del notario (pagar impuestos por sus operaciones, registro de las mismas, avisos relacionados, gestorías conducentes, etc.).
Y lo que al notario corresponde por honorarios, insisto, está regido por un arancel oficial. No cobra lo que quiere.
Otro lucido colega, alguna vez explicaba que, a ojo de pájaro, en una traslativa de dominio convencional, podía dividirse el ingreso en sextas partes, de las cuales cuatro corresponden a impuestos, una a gastos diversos y la ultima a honorarios.
18.- Por cuanto, a la ineficacia del servicio notarial, en no pocas ocasiones es atribuible a las oficinas estatales. Por decir algo, una primera acta sucesoria puede estar lista de un día para otro por parte de la notaría, pero para hacerla, se requiere de un informe sobre existencia de testamentos que puede tardar seis semanas en sernos respondido. O casos en los que la tardanza notarial deviene de una lenta o equivoca respuesta del Registro Público de la Propiedad.
Personalmente me consta el empeño y buena fe de estas instituciones, de sus directivos y de su personal, que trabajan y trabajan sin darse abasto por la falta de presupuesto y apoyo gubernamental. Los mandan a la guerra sin fusil. No es su culpa, sino del sistema. Falta vigorizar dentro del gobierno a estas direcciones.
Total, que al final del día el inculpado es el notario.
Tirios y troyanos lo critican; autoridad y población le reclaman, quedando bajo el escrutinio de una jurisdicción que por desconocimiento nos culpa de yerros, en gran parte emanados de la tramitología a que nos tiene sujetos, y cobros que debemos hacer en su nombre.
¿Existe alguna profesión más cercana al pueblo, que el notario?
En su génesis, entrega y desempeño, pocas, muy pocas son las profesiones que están más al ras del piso social, sobre el que se erigen los más disímbolos estratos con variadas características; y en todos los casos, por ley se les debe atender.
Vivimos bajo una ley notarial hecha por el pueblo para el pueblo. Y el pueblo somos todos.
Ciertamente ante el notario se hacen operaciones que entrañan cantidades modestas de dinero, junto a otras multimillonarias; y estas como aquellas demandan de la fe pública. Por ello acuden ante el notario.
El notario no es socio de millonarios, ni esta nada más para servirles a estos.
Bajo cierta lógica, la gente con más recursos hace más operaciones ante notario; pero esto de ninguna manera implica discriminación hacia otros sectores.
Se le sirve a quien lo necesita cuando lo necesita.
El notario atiende a todos, como debe ser, y como prescribe la ley, misma que precisamente en su capítulo primero, arranca conceptualizando al “notariado como garantía institucional”.
Esto con apego a la clasificación tripartita que algún afamado constitucionalista realizo entre garantías individuales, garantías sociales y garantías institucionales; siendo estas últimas las que aseguran la existencia de medios funcionales contemplados tacita o expresamente a nivel constitucional.
Insisto pues ¿Existe alguna profesión más cercana al pueblo, que el notario?
Valdrá la pena substituir la actual forma de instrumentar el manejo de la fe publica (por lo que toca a nuestro campo) que ha venido funcionando bien inmemorialmente, para suplantarlo con otros mecanismos que sin duda fracasaran.
¿Será mejor seleccionar notarios entre personas por su carisma político o religioso?
¿Sera mejor designar funcionarios delegacionales para esta tarea?
¿Sera mejor librarlo a una tómbola o votación popular?
Cualquiera de estos medios me parece perfectamente apropiado, siempre y cuando:
1.- Sea accesible a todos los que aspiren a ello.
2.- Acrediten con suficiencia, a través de rigurosos exámenes, el enorme conocimiento técnico jurídico, y dominio práctico del oficio (de lo cual cualquier colega sabe las horas, y cientos más de horas, que esto conlleva) pues las situaciones que se presentan pueden llegar a ser inimaginablemente complicadas.
De no contar con esa ciencia, difícilmente concretaran operaciones que presenten cualquier embrollo (que son la mayoría)
3.- Posean experiencia en el manejo e interacción con docenas de oficinas de todo jaez, que es desbordante, y demanda agilidad administrativa y larga experiencia real. Deberán eliminar todo gesto burocrático dentro del desempeño notarial, pues de presentarse -lo que sin duda les ocurrirá- nuevamente aniquilaran cualquier operación, sin jamás concretarla, dejando en la indefensión e inseguridad a la población.
4.- Acrediten su buena reputación personal, honorabilidad profesional y demás extremos previstos por el art. cincuenta y cuatro de la Ley del Notariado CDMX.
5.- Acepten ser supervisados estrictamente y cobren únicamente conforme a un arancel autorizado (a veces poniendo hasta de su bolsillo) o un salario fijo -que difícilmente compensara tremenda responsabilidad-.
Lo cual también implica la existencia de jefes verdaderamente conocedores (que difícilmente los hay en la administración pública, donde ciertamente existen muchos y verdaderos maestros expertos profesionales, pero en áreas que no son las que nos ocupan) para evaluar el desempeño de sus subalternos; de otra manera estaremos bajo la parábola del ciego guiando al ciego.
6.- Sean extremadamente acuciosos en el cuidado de los recursos de sus clientes, así como de aquellos que corresponde entregar al estado, pues de otra manera, el quebranto puede merecer prisión.
7.- Paguen con su propio peculio los errores en que incurran, y no se deslinden de su responsabilidad por el simple cambio de puesto al fin del sexenio.
Etc.
En síntesis, cualquier medio de selección será idóneo a condición que se ajuste a las inteligentes previsiones de la actual ley, que establece los medios para asegurar la eficacia del servicio; la equidad y control en el monto de los honorarios; las responsabilidades que se pueden fincar, etc.
Bajo ninguna circunstancia debe tomarse el asunto a la ligera y confiarse la función notarial-autenticadora a sujetos sin un perfil altamente profesional y con la solvencia técnica necesaria.
Equivocarse al respecto es condenar al honesto tráfico jurídico-económico palpitante, al más negro caos, abriendo la caja de pandora. Corrupción, quebrantos, omisiones, trafiques, despojos, etc.
El actual notario emana de exámenes hechos por el pueblo para el pueblo; las consultas que ofrece son gratuitas; en la elaboración de instrumentos cobra lo que la autoridad le permite; su actuación es eminentemente social y tanto cuanto más, cuando se lo exige la autoridad a través de programas populares con los costos mandatados; sus errores los pagara de su bolsillo sin sustraer nada del erario público; si llega a dar la impresión de prestar servicios caros es por la tramitología a que está sujeto y cobros que demanda el gobierno, etc.
De todo lo anterior me viene a mientes una recurrente frase, certerísima y oportuna, aplicable ahora, con el inconveniente de que está en inglés:
“Never chance a winning team”.
Algo semejante a “nunca cambies lo que está operando bien”.
En el pasado, no pocas veces se ha atacado a la figura notarial desde diversas trincheras, por mezcla de desconocimiento y coraje de sectores animadvertidos con espíritu parasitarío.
Recordemos una de ellas, cuando en 1999 se quizo dar un madruguete legislativo, creando la “Ley que crea el organismo descentralizado para la fe pública del D.F.”.
El despropósito fue detenido a tiempo por quienes podrían contar mejor esta anécdota, junto con otras varias habidas en el tintero.
Por enésima vez ¿Existe alguna profesión más cercana al pueblo, que el notario tal y cómo está actualmente funcionando? ¿De que calibre es su solidaridad social?
Pd. Cosa totalmente aparte seria hablar de la sensibilidad particular y habilidades sociales de cada profesionista, para resultar antipático o no a otros. Aspecto tan subjetivo y respetable que no viene al caso en estas notas.