A partir de una reforma a la Constitución local, publicada este jueves en la Gaceta Oficial, los desarrolladores inmobiliarios en la Ciudad de México estarán obligados a incluir sistemas de captación de agua de lluvia en sus nuevas construcciones.
El decreto, que reforma el primer párrafo, numeral 4, apartado B del artículo 16 de la Constitución capitalina, establece que «los nuevos desarrollos residenciales y aquellas obras que por su magnitud, particularidades y actividades que desarrollen, deberán estar obligados a contar con mecanismos de captación de agua de lluvia, así como redes internas de doble tubería que permitan su uso no potable».
El decreto también establece que el servicio público de potabilización, distribución, abasto de agua y drenaje será gestionado por el Gobierno de la Ciudad de México y no podrá ser privatizado.
Dicho artículo indica que el Gobierno capitalino coordinará las acciones con una perspectiva innovadora, técnica, científica y metropolitana, así como con visión de cuenca, propiciando minimizar la huella hídrica de la ciudad.
Asimismo, que el servicio del agua deberá contar con un enfoque de gestión basado en datos, para el que se deberán crear sistemas de captación de información automatizados en tiempo real, como medidores inteligentes y dispositivos de detección de fugas que permitan disminuir paulatinamente las tasas de pérdidas de agua y el incremento del uso eficiente y la disminución per cápita.
DIARIO DE MÉXICO