Los bares, cantinas, antros y otros establecimientos que su giro principal sea la venta de bebidas alcohólicas reanudarán sus actividades a partir del próximo lunes 6 de septiembre en la Ciudad de México, luego de que la capital pase a semáforo amarillo.

Los establecimientos comerciales tendrán que seguir una serie de medidas sanitarias para que la administración local les permita operar.

El gobierno de la Ciudad de México agregó que los salones de fiestas también podrán volver a operar, al igual que sitios relacionados con eventos deportivos o culturales.

Estas son las medidas sanitarias que deberán de seguir estos establecimientos:
– Podrán operar hasta la medianoche y sólo podrán tener clientes al 50% de la capacidad del establecimiento.

– Estos comercios deberán priorizar el uso de terrazas y otros espacios al aire libre, para evitar contagios de Covid-19.

– Contarán con filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura al ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura superior a los 37.5 grados Celsius.

– El uso de cubrebocas será obligatorio dentro del local.

– Se le dará prioridad a la ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con recirculación de un mínimo de 40% hacia el exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. El sistema y los filtros deberán desinfectarse y limpiarse constantemente.

– La instalación de dispensadores de gel antibacterial en zonas comunes también será obligatorio.

– Los establecimientos deberán poner sentidos de circulación de entrada y salida.

– El personal portará careta y cubrebocas mientras realiza sus actividades laborales.

– Los locales deberán implementar el sistema de identificación código QR.

– El personal deberá desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que los clientes y las propias personas que trabajen en los establecimientos tengan contacto, así como las demás áreas de uso común.

El gobierno capitalino añadió que los salones de fiestas también podrán operar al 50% de la capacidad del lugar, mientras que establecimientos mercantiles relacionados con actividades o eventos masivos (como deportivos, culturales, espectáculos, conciertos u homólogos) podrán operar con un aforo máximo de 75%.

FUENTE: LATINUS

CANDELERO, 05-09-2021