Por: Ricardo Monreal Avila
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El memorándum expedido recientemente por el presidente de la República privilegia el derecho fundamental —previsto en el artículo 3 de la Constitución— a una educación pública de calidad y gratuita.
Ese documento ha sido motivo de crítica, con el argumento principal de que solicita dejar parcialmente sin efecto la Constitución, lo cual deriva de una lectura sesgada, debido a que:
El artículo 1 de la Carta Magna establece la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, a promover, respetar y garantizar los derechos humanos y, en caso de violación, a su reparación. La dignidad de las y los docentes debe ser respetada.
No se toma en consideración el hecho de que en la Cámara de Diputados actualmente se discute una reforma constitucional en materia de educación, y que se busca el consenso entre el Congreso, la sociedad y el magisterio.
La orden principal dada a quienes encabezan las Secretarías de Estado involucradas consiste en sujetar la educación pública a los principios constitucionales de obligatoriedad, pluriculturalidad, calidad, gratuidad y laicicidad, ya previstos en los artículos 2, 3 y 130.
El alcance del memorándum es en tanto concluye la negociación para la aprobación de la reforma. No se pueden lograr acuerdos si al mismo tiempo se afectan los derechos humanos.
La construcción de una reforma con el consenso de todos los actores involucrados garantiza pasar de la legalidad a la legitimidad —con inclusión social y política—, escuchando e incorporando sus recomendaciones. Hay que transitar de la promesa de campaña a la acción, con resultados.
El presidente de la República habló de privilegiar la justicia frente a la ley, situación que también ha causado extrañeza. Sin embargo, a partir de junio de 2011, el artículo 1 de la Constitución prevé el bloque de constitucionalidad en el orden jurídico mexicano, con la obligación de las autoridades jurisdiccionales de aplicar siempre la norma que más beneficie a la persona, haciendo un control de constitucionalidad, un control de convencionalidad, una interpretación conforme, o inaplicar normas para alcanzar el objetivo de la justicia: dar a cada quien lo que le corresponde.
En el ámbito legislativo, introduce a la conversación pública el dilema de la legalidad y la legitimidad de las normas jurídicas, a propósito de la derogación de la reforma educativa. Así, el Congreso no puede estar ausente. En la nueva realidad que vive nuestro país, si una norma expedida es injusta, el Constituyente o el Congreso -en el caso de la Constitución o la legislación secundaria- debe corregirla y convertirla en justa.
En México, la justicia y la ley no siempre coinciden: existen leyes injustas, pero también hay reformas que son legales, más no legítimas. Tal es el caso de la reforma educativa que fuera aprobada por la mayoría del Constituyente Permanente pero en cuyo proceso legislativo no participaron suficientemente quienes integran la docencia, la sociedad, la niñez y la juventud.
Tampoco pasa desapercibida la tensión que existe entre las normas vigentes, esto es, entre el derecho humano al trabajo, previsto en el artículo 123 constitucional, y los elementos para la aplicación del sistema profesional docente, que establece el artículo 3. En los principios del derecho no hay absolutos: se requiere una norma que armonice tales preceptos y sitúe en el centro el derecho humano a la educación.
En un Estado constitucional y democrático es normal disentir y tener posturas distintas en relación con un mismo problema público; lo diferente es que existen procesos para el diálogo y la construcción de consensos. Asimismo, ante la falta de éstos, están los medios de impugnación para que quienes consideren afectados sus derechos puedan acudir al Poder Judicial para la resolución de la controversia. No obstante, si queremos alcanzar la justicia, debemos contar con normas generales justas y, al aplicarlas, lograr el bien supremo tutelado por el derecho: precisamente, la justicia.
El desafío del Constituyente Permanente en materia de educación radica en armonizar el derecho humano a la educación de calidad —como medio fundamental para lograr el desarrollo del país y colocar a México como potencia mundial—, y el derecho humano de las maestras y los maestros al trabajo, respetando su dignidad. Ello sólo será posible con un diálogo incluyente, que privilegie el interés general sobre los intereses particulares. El llamado es a construir, mediante acuerdos, una verdadera reforma educativa que coloque en el centro a la niñez y la juventud mexicanas, atendiendo las diferentes realidades del país.
El Constituyente Permanente —el Congreso federal y la mayoría de las legislaturas locales—, como Poder reformador de la Constitución, tiene la oportunidad histórica de lograr una reforma de largo aliento que cohesione a la sociedad, que sea legítima y que, además de garantizar cobertura para llegar a todos los rincones del país, eleve su calidad, para que se corresponda con una de las economías de mayor desarrollo en el mundo.
No hay mayor igualador social que la educación de calidad, y a ello hay que apostarle.