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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de avalar el aborto en caso de violación en México, lo que marca un precedente en el tema.

“Saludamos la determinación a favor de declarar constitucional la NOM 046, la cual establece que las víctimas de agresión sexual pueden tener acceso a la interrupción legal del embarazo“, aseguró el organismo en su cuenta de Twitter este martes.

El lunes, el alto tribunal se pronunció a favor del derecho de las víctimas de violación a tener acceso a la interrupción legal del embarazo sin necesidad de que las solicitantes del servicio presenten una denuncia previamente por el delito.

Con ello, también desechó las controversias constitucionales promovidas por los gobiernos de Baja California y Aguascalientes, que alegaron que la reforma a la NOM-190-SSA1-1999, emitida en marzo de 2016 por la Secretaría de Salud federal, fue “ilegal y violatoria” a sus atribuciones.

Con ocho votos a favor, se declaró constitucional la norma que establece que basta con que las víctimas manifiesten bajo protesta de decir verdad verbalmente o por escrito que fueron agredidas sexualmente para que se les practique el aborto en cualquier institución pública.

Si bien, hasta ahora en México era legal el aborto por violación, correspondía a los congresos de cada estado determinar su aplicación bajo el principio de jurisprudencia.

Sin embargo, con la aprobación de esta norma, bastará la palabra de la afectada y una solicitud por escrito de interrupción voluntaria de embarazo.

Ello, conforme a los casos permitidos por la ley y disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas.

En el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud se realizará por conducto de su padre o madre, y a falta de ellos, de su tutor.

Además, el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar la versión de la solicitante y se elimina el requisito de la autorización previa de la autoridad competente.

La SCJN dijo que este fallo sirve para proteger los derechos de mujeres y niñas víctimas de violación.

Tras el anuncio de la decisión, Regina Tamés, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), aseguró también desde su cuenta de Twitter que es “fundamental que las mujeres y niñas que sobreviven a la violencia sexual tengan opciones”.

En México, el aborto se regula a nivel estatal y hay circunstancias bajo las cuales no se castiga o no se considera como un delito.

En los 32 estados del país el aborto es legal cuando el embarazo es producto de una violación, hasta ahora presentando primero la denuncia.

En 24 estados, el aborto está permitido cuando es un riesgo de muerte para la madre; en 16 cuando existen alteraciones genéticas graves y en 15 el riesgo a la salud y la inseminación artificial no consentida son las causas aceptadas. Solo dos estados aceptan razones socioeconómicas.

En Ciudad de México se cambió hace 12 años el artículo 144 del Código Penal para garantizar a las mujeres el derecho a la vida, a la salud y a una vida digna.

Según datos de la Secretaría de Salud capitalina desde la modificación de la ley, hace 12 años, se han efectuado más de 209 mil 500 abortos.

Y desde hace 10 años, en Ciudad de México se han implementando servicios gratuitos de aborto electivo seguro dentro de las primeras 12 semanas de gestación.

FUENTE ;NOTIMEX , CANDELERO 06-08-19