El Gobierno de Ciudad de México, que encabeza Claudia Sheinbaum, anunció que se suspenden temporalmente las actividades en las dependencias, órganos desconcentrados, entidades de la administración pública y alcaldías de la capital ante la contingencia del coronavirus COVID-19 en el país.
«Las personas titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, entidades de la administración pública y las alcaldías de la Ciudad de México determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución cuya continuidad deberá garantizarse en la medida de lo posible», se publicó en un acuerdo en la Gaceta de CDMX.
Se detalló que desde el inicio de la propagación del COVID-19, el Gobierno de Ciudad de México ha implementado una serie de acciones para prevenir, evitar el contagio y propagación del virus; así como sus consecuencias negativas económicas y en la salud de sus habitantes y personas que se encuentran en tránsito.
Se detalla que la suspensión temporal no aplica para las actividades que correspondan a instituciones de seguridad ciudadana, sistema penitenciario, salud, gestión integral de riesgos y protección civil, bomberos, Servicio Público de Localización Telefónica LOCATEL, C5, obras y servicios, sistema de aguas y Alcaldías en lo relativo al suministro de agua, así como las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos y aquellas actividades o servicios susceptibles de proporcionarse a través de medios electrónicos, incluyendo los de carácter fiscal y presupuestal.
El acuerdo entra en vigor el día de su publicación y «estará vigente hasta que la autoridad competente determine la conclusión de la contingencia sanitaria».
Además en otro acuerdo el Gobierno de Ciudad de México autorizó a la Secretaría de Salud y al Sistema de Aguas de Ciudad de México a implementar de manera inmediata en el ámbito de sus respectivas competencias las acciones extraordinarias siguientes:
Utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes en las zonas, colonias y comunidades afectadas en la Ciudad de México.
Contratar y adquirir todo tipo de bienes, arrendamientos y prestación de servicios a nivel nacional o internacional, entre los que se encuentran de manera enunciativa y no limitativa, equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías y objetos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de llevar a cabo el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla
Importar y autorizar la importación, así como la adquisición en el territorio nacional de los bienes y servicios citados en la fracción anterior sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontar la contingencia objeto de este Decreto;
Llevar a cabo las medidas necesarias para evitar la especulación de precios y el acopio de insumos esenciales necesarios de los bienes y servicios a que se refiere la fracción II del presente artículo.
Llevar a cabo las acciones necesarias para el abastecimiento de agua potable. El Sistema de Aguas de Ciudad de México podrá contratar mediante los procedimientos de adjudicación directa al amparo de las leyes de Obras Públicas y de Adquisiciones tanto Local como Federal, todo tipo de bienes y servicios relacionados con sus atribuciones a efecto de que le permitan afrontar la emergencia que nos ocupa de manera eficaz, eficiente, expedita y oportuna.
Las demás acciones que se estimen necesarias.
FUENTE ; NOTIMEX, CANDELERO 30-03-2020